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07/04/2020 02:30

Créditos a MiPyMEs: Las Entidades Bancarias no pueden cobrar comisiones

Ni de manera directa o indirecta, que incremente las tasas de interés compensatorio y punitorio. Esta norma es de cumplimiento obligatorio en todas las operaciones de crédito.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) instó a los bancos, a través de una nota enviada a las cámaras del sector, a respetar la norma de tasas de interés en operaciones de crédito y a no cobrar ningún tipo de comisión (directa o indirecta) que incremente las tasas de interés compensatorio y punitorio.

Esta norma es de cumplimiento obligatorio en todas las operaciones de crédito.

En la misma nota a los bancos, el BCRA aclaró que, cuando se verifique este incumplimiento en los créditos de la línea especial para MiPyMEs (tasa nominal anual máxima del 24% para financiar capital de trabajo), esos créditos no serán computables para la disminución de la exigencia de efectivo mínimo en pesos prevista en las recientes Comunicaciones A6937, A6943 y 6946.

Al mismo tiempo, la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias abrirá un sumario y aplicará las sanciones ya previstas por la Ley de Entidades Financieras.

Los clientes del sistema bancario que precisen denunciar irregularidades o presentar quejas podrán hacerlo a la casilla de correo electrónico usuariosmipymes@bcra.gob.ar.

En el correo deberán indicar los siguientes datos: nombre de la empresa, CUIT, datos completos del apoderado (representante), entidad con la cual opera y tiene el inconveniente, la sucursal y toda otra información que facilite la comprensión del problema.
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