¿Cuándo prescriben las multas de tránsito?
La Ley nacional establece algunos plazos pero cada jurisdicción o provincia adapta a su norma local.

En la provincia de Buenos Aires, la Ley Nacional de Tránsito N°24.449 establece un marco general que los municipios adaptan según sus necesidades y regulaciones locales. Un ejemplo claro es la aplicación de la Ley de Alcohol Cero: mientras que a nivel nacional la normativa permite hasta 0,5 gr/l para autos particulares, en la provincia y en las jurisdicciones adheridas no se tolera ningún grado de alcohol en sangre al momento de conducir.
Del mismo modo, las infracciones de tránsito tienen su propia regulación dentro del territorio bonaerense. La provincia se rige por el artículo 89 de la Ley Nacional de Tránsito, estableciendo que las faltas leves prescriben a los dos años y las graves a los cinco años. Así, en 2025 quedarán sin efecto las multas graves cometidas en 2020.
Sin embargo, cada municipio bonaerense puede aplicar particularidades en la gestión y cobro de infracciones. Algunos distritos implementan sistemas de seguimiento y notificación digital de multas, mientras que otros cuentan con programas de descuento por pago voluntario anticipado. Además, el control y fiscalización del tránsito varía según la localidad, con diferencias en el uso de radares, fotomultas y operativos viales.
La diversidad de criterios municipales en la provincia de Buenos Aires contrasta con otras jurisdicciones del país. En Mendoza, por ejemplo, la prescripción de infracciones se ajusta a distintos plazos según la gravedad, mientras que en Córdoba todas las infracciones prescriben a los tres años. En tanto, en la Ciudad de Buenos Aires, todas las multas vencen a los cinco años sin distinción de gravedad, lo que marca otra diferencia con el esquema bonaerense.
En este contexto, los municipios de la provincia de Buenos Aires siguen teniendo un rol clave en la implementación y fiscalización de las normas de tránsito, adaptando las disposiciones nacionales a las particularidades locales y garantizando su cumplimiento a nivel comunitario.
Del mismo modo, las infracciones de tránsito tienen su propia regulación dentro del territorio bonaerense. La provincia se rige por el artículo 89 de la Ley Nacional de Tránsito, estableciendo que las faltas leves prescriben a los dos años y las graves a los cinco años. Así, en 2025 quedarán sin efecto las multas graves cometidas en 2020.
Sin embargo, cada municipio bonaerense puede aplicar particularidades en la gestión y cobro de infracciones. Algunos distritos implementan sistemas de seguimiento y notificación digital de multas, mientras que otros cuentan con programas de descuento por pago voluntario anticipado. Además, el control y fiscalización del tránsito varía según la localidad, con diferencias en el uso de radares, fotomultas y operativos viales.
La diversidad de criterios municipales en la provincia de Buenos Aires contrasta con otras jurisdicciones del país. En Mendoza, por ejemplo, la prescripción de infracciones se ajusta a distintos plazos según la gravedad, mientras que en Córdoba todas las infracciones prescriben a los tres años. En tanto, en la Ciudad de Buenos Aires, todas las multas vencen a los cinco años sin distinción de gravedad, lo que marca otra diferencia con el esquema bonaerense.
En este contexto, los municipios de la provincia de Buenos Aires siguen teniendo un rol clave en la implementación y fiscalización de las normas de tránsito, adaptando las disposiciones nacionales a las particularidades locales y garantizando su cumplimiento a nivel comunitario.